Las universidades públicas de Madrid han acordado establecer los procedimientos de admisión, criterios de valoración y reglas para el orden de prelación en la adjudicación de plazas en las enseñanzas universitarias oficiales de grado que, durante el curso 2017-2018, se aplicarán a los estudiantes que no accedan a la universidad con el título de Bachiller del sistema educativo español establecido en la LOE.
Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado
Procedimiento de admisión
La Calificación de Acceso a la Universidad (CAU) de los estudiantes en posesión de títulos oficiales de Técnico Superior de FP, Artes Plásticas y Diseño, y Técnico Deportivo Superior, pertenecientes al sistema educativo español o declarados equivalentes u homologados a dichos títulos, será la nota media de su titulación o diploma correspondiente. Esta calificación podrá alcanzar hasta 10 puntos.
Además, podrán presentarse a la fase voluntaria de la Evaluación para el Acceso a la Universidad (EvAU) para mejorar la nota de admisión. En este caso dicha nota de admisión se calculará con la siguiente fórmula y se expresará con tres cifras decimales, redondeado a la milésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior:
Nota de admisión = Nota media del ciclo formativo + a*M1 + b*M2
M1, M2 = Las calificaciones de un máximo de dos ejercicios superados en la fase voluntaria que proporcionen mejor nota de admisión.
a,b = parámetros de ponderación de los ejercicios en relación con el grado solicitado.
Deberán formalizar la matrícula en el centro donde obtuvieron el título de Bachillerato o el de Técnico Superior en Formación Profesional. En caso de que dichos centros ya no existieran, deberán dirigirse a la Sección de Acceso a la Universidad para formalizar su matrícula.