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 Tema: Artículo 8 g) ¿Broma?
 
Artículo 8 g) ¿Broma?  Nuevo
Enviado el: 03 sep 13 16:35 por : Pablo
Me hallaba hoy leyendo las bases de la convocatoria de este curso cuando me tope con el apartado g) del Artículo 8. En él se dice que sólo los alumnos que previamente hubiesen recibido la beca de excelencia de nuevo ingreso (es decir en el curso en el que entraron a la universidad) podrán optar a obtener la de "renovación" este curso. Mi cara de sorpresa ha sido para enmarcarla.
Yo comprendo que todas las medidas y cambios en unas convocatorias de unas becas que para muchos son necesarias para seguir estudiando siempre van a tener repercusión en forma de crítica, esten más o menos fundamentadas, pues los afectados siempre van a intentar defender el privilegio que han perdido. Dicho esto, que me parece bastante razonable, tengo que decir que esta modificación atenta directamente contra el espíritu de las becas. ¿Qué importa que haya una persona recibido la beca en el paso de bachiller a la universidad si luego se vuelve un holgazan, o qué sentido tiene que la excelencia se evalúe de manera continua con una condición inamovible? Estamos evaluando una excelencia basada en el esfuerzo y la dedicación (que pueden variar de un año a otro por mil causas). La "meritocracia" es el criterio y principio que siempre ha seguido y promovido esta convocatoria, ¿por qué introducir un criterio que no ayuda a distinguir la verdadera excelencia, sino todo lo contrario, que le pone trabas?
La promoción del esfuerzo, del talento y de la dedicación sin importar si eres de letras, ciencias o de artes, la excelencia por la excelencia es lo que se pierde con esta modificación que no sólo aliena la naturaleza de estas becas sino que le hace perder la fuerza de promoción de la archimencionada excelencia de la que la Comunidad de Madrid podía hacer gala hasta ahora.
Dicho todo esto, sólo añado una cosa más: Menuda cagada señores, menuda cagada habéis hecho.
Pero no os preocupéis, que aun estáis a tiempo para solucionarlo.
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